Fecha de Publicación: 08/05/1987
Página: 458-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 863/986

Se crea en la Oficina de Planeamiento y Presupuesto una unidad técnica especial que se denominará "Comisión para el Desarrollo de la Inversión"

Ministerio del Interior.
 Ministerio de Relaciones Exteriores.
  Ministerio de Economía y Finanzas.
   Ministerio de Defensa Nacional.
    Ministerio de Educación y Cultura.
     Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
      Ministerio de Industria y Energía.
       Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
        Ministerio de Salud Pública.
         Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
          Ministerio de Turismo.

                                  Montevideo, 23 de diciembre de 1986.

   Visto: el Proyecto de Reactivación Económica y Promoción de 
Inversiones Nº URU/86/006/A/01/99 aprobado por el Gobierno de la 
República Oriental del Uruguay y por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) el pasado 8 de octubre de 1986.

   Resultando: I) Que la Presidencia de la República y el Ministerio de
Economía y Finanzas han sido designados como los organismos que tienen a
su cargo la ejecución del Proyecto;

   II) Que la complejidad de los objetivos que se persiguen hacen necesaria la participación de otros organismos del sector público directamente comprometidos con los fines perseguidos así como 
instrumentar mecanismos que posibiliten contactos directos con instituciones del sector privado.

   Considerando: I) Que los fines a alcanzar mediante la ejecución del
Proyecto de referencia vinculados a la reactivación de la economía,
crecimiento de la inversión y modernización del aparato productivo del
país, constituyen claros objetivos de promoción del desarrollo social y
económico nacional;

   II) Que los mismos se insertan dentro de los cometidos de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto;

   III) Que, por lo tanto, es pertinente que la Comisión a crearse actúe en la órbita de competencia de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

   Atento: a lo dispuesto por el artículo 230 de la Constitución de la
República; por el decreto 96/985, de 1º de marzo de 1985; por el decreto
371/986 de 16 de julio de 1986 y por el decreto 234/986, de 28 de abril 
de 1986,

   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,

                         DECRETA:

Artículo 1

   (Creación). Créase, en la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, una
unidad técnica especial que se denominará "Comisión para el Desarrollo de
la Inversión" y que dependerá de la Comisión de Planeamiento y
Presupuesto.

SANGUINETTI. - ANTONIO MARCHESANO.- ENRIQUE V. IGLESIAS.- RICARDO ZERBINO
CAVAJANI.- JUAN VICENTE CHIARINO.- ADELA RETA.- ALEJANDRO ATCHUGARRY.-
JORGE PRESNO HARAN.- HUGO FERNANDEZ FAINGOLD.- RAUL UGARTE ARTOLA.- PEDRO
BONINO GARMENDIA.- JORGE BALIÑAS BARBAGELATA.
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