MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Los afiliados que se incorporen a la Institución de Asistencia Médica Colectiva en régimen de afiliación familiar gozarán de todos los derechos asistenciales de acuerdo a lo establecido en los artículos 15 y 16, reduciéndose los plazos de los literales a) y b) del artículo 17 a 180 y 360 días respectivamente.Ayuda