MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
En el caso de cierre de una Institución de Asistencia Médica Colectiva por aplicación de la ley 15.181, de 21 de agosto de 1981 y sus decretos reglamentarios, el Ministerio de Salud Pública asegurará la continuidad de la prestación asistencial y la incorporación de los afiliados a las instituciones que tengan su padrón abierto.Ayuda