Fecha de Publicación: 05/04/1983
Página: 675-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 47

   La solicitud al Ministerio de Salud Pública del cierre del padrón deberá establecer los fundamentos de la misma, su duración y las medidas que se adoptarían para superar la situación planteada.

                               CAPITULO X

                        Disposiciones generales
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