Fecha de Publicación: 21/04/1988
Página: 135-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 12

   La Dirección Técnica de las Farmacias Homeopáticas se regirá por las
disposiciones establecidas en el decreto ley 15.703 de 11 de enero de 
1985 (artículo 17, 18, 19, 20, 22 y 23) y por lo que se dispone en el presente Reglamento.
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