Fecha de Publicación: 17/03/1987
Página: 457-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 6

   Fíjase para los cigarrillos comprendidos en el decreto 276/985 de 3 de
julio de 1985, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan, a 
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre Enero-Junio de 1987:

                             Ficto  Tasa  Impuesto
                               N$     %      N$
Cigarrillos decto. 276/985   60,00   60    36,00

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