Fecha de Publicación: 13/03/1979
Página: 682-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 2

   Se considera sidra natural la bebida obtenida por la fermentación alcohólica del zumo de manzanas frescas industrialmente sanas.
   Asimismo, la sidra natural se podrá elaborar con adición de zumo de
peras en proporción no superior al 10% del peso total de la fruta.
Ayuda