Las sidrerías deberán llevar libros especiales de contabilidad que serán proporcionados por la Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca.
En dichos libros asentará la cantidad de materia prima entrada, día a
día, con especificación de procedencia, número de expediente de
autorización para encabezar zumos o sidras y para edulcorar sidras,
cantidad de alcohol y partes alicuotas de azúcar utilizada, certificados,
valores adquiridos, expendio, saldo de valores y cada salida de sidra.
De la Circulación de sidras o zumos a granel