De los Certificados a presentar. A los efectos de permitir el regreso al país de papa para el consumo o para la industria de transformación los importadores deberán presentar ante los Servicios Fitosanitarios de la Dirección de Sanidad Vegetal, los siguientes certificados:
I) Certificado fitosanitario (de origen). Expedido por los Servicios
Oficiales de Protección Vegetal en el que conste que las papas del
cargamento fueron producidas en zonas agrícolas libres de enfermedades y
plagas que se citan a continuación
I. Nematodas dorados Globodera rostochiensis (Wollen weber)
Mullvey & Stone Globodera pallida (Stone) Mullvey & Stone;
2. Nematodos de la pudrición de la papa, Ditylenchus destructor,
Thorne,
3. Podredumbre anular bacteriana (Corynebacterium spedonicum)
(Spiech & Kotth).
4. Podredumbre parda bacteriana, Pseudomonas solanacearum E.
F. Smith
5. Verruga o cáncer de la papa, Synchitrium endobioticwn (Schilb)
perc.
II) Certificado Fitosanitario (de embarque) emitido por las autoridades
oficiales locales correspondientes en el que constará expresamente que
el cargamento fue encontrado libre de:
1. Nematodos dorados alobodera rostochiensís (Wollenweber) Mullvey &
Stone y Globodera pallida (Stone) Mullvey & Stone;
2. Nematodos de la pudrición de la papa, Dítylenchus destructor,
Thorne,
3. Podredumbre anular bacteriana, Corynebacterium sepedonicum
(Spiech & Kotth).
4. Podredumbre parda bacteriana, Pseudomonas solanacearum (E. F.
Smith).
5. Verruga o cáncer de la papa, Synchitrium endobioticum, (Schilb)
Perc,
6. Polilla de la papa, Cnorinoschema opercuiella Zellas.
7. Leptinotarse desemlineata(Say) y que fue eliminada la capacidad de
brotación en forma permanente, por adecuados tratamientos
antigerminadores reconocidamente no nocivos para la salud humana,
indicando el tratamiento usado. En los puntos de entrada al país los
Servicios Fitosanitarios controlarán el embarque, de acuerdo a las
reglamentaciones, vigentes sobre introducción de productos vegetales.
III) Certificado de calidad emitido por el organismo oficial competente
autorizado del país de origen donde debe constar como cláusula adicional
la siguiente:
Esta mercadería cumple con las condiciones establecidas por el Codex
Alimentarius sobre residuos de plaguicidas.