Fecha de Publicación: 12/01/1976
Página: 61-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 26/01/1976, 04/02/1976.
Decreto 996/975

Se estructura un nuevo texto orgánico para la liquidación del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio.


                              AÑO DE LA ORIENTALIDAD


Ministerio de Economía y Finanzas.

                                   Montevideo, 29 de diciembre de 1975.

Visto: las modificaciones introducidas a las normas que regulan el
Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio.

Considerando: la necesidad de reglamentar dichas disposiciones,
estructurando nuevamente un texto orgánico para la liquidación del
tributo,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

                             CAPITULO I

                      Disposiciones generales

Artículo 1

Organismo recaudador.- El Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio
a que se refiere el Título II del Texto Ordenado - 1975, será recaudado y
fiscalizado por la Dirección General Impositiva.

BORDABERRY.- VALENTIN ARISMENDI.
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