Anexos de la declaración.- Las empresas que llevan contabilidad
suficiente, deberán adjuntar a la declaración jurada los balances inicial
y final, cuenta de pérdidas y ganancias, cuadros de amortización de activo
fijo y de intangibles, detalle de las exoneraciones a las que se acoge, y
demás anexos que sean necesarios para el correcto entendimiento de los
datos de la declaración, así como aquellos que la Dirección General
Impositiva exija.