Sujetos Pasivos.- Son sujetos pasivos del impuesto:
1) Quienes desarrollen actividades que impliquen la utilización conjunta
de capital y trabajo aplicados a actividades regulares con fines de
lucro.
Las entidades exoneradas de impuestos, incluso los organismos
estatales o paraestatales comprendidos en la definición de este
apartado, son considerados sujetos pasivos del impuesto en calidad
de responsables.
2) Las entidades que a continuación se mencionan, que quedan
comprendidas en el apartado anterior:
a) Las sociedades anónimas, aún las en formación, a partir de la
fecha del acto de fundación o de transformación en su caso.
b) Las sociedades en comandita por acciones en la parte que
corresponde al capital accionario.
c) Las sucursales, agencias o establecimientos de personas del
exterior.
3) Las personas del exterior en cuanto fueran beneficiarias de pagos o
créditos de los sujetos pasivos indicados en los apartados
precedentes por los siguientes conceptos:
a) Arrendamientos, cesión de uso o enajenación de marcas, patentes,
modelos, industriales o privilegios.
b) Asistencia técnica.
c) Utilidades.
Los sujetos pasivos indicados en el apartado 3) tributarán el impuesto
por vía de la retención siéndoles aplicables las normas contenidas en el
Capítulo X.