Activo no computable.- No se considerarán activo:
1) Las cuentas de orden.
2) Las pérdidas que figuran en el activo.
3) Las cuotas pendientes de integración de capital.
4) Los saldos deudores de dueño y de casa matriz, incluso de otras
sucursales o agencias.
5) Los bienes establecidos por simple valuación.