MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 26/01/1976, 04/02/1976.
Mercaderías fuera de moda.- Las mercaderías fuera de moda, averiadas, deterioradas o que hayan sufrido mermas o pérdidas de valor por causas análogas, serán avaluadas por el contribuyente. La Dirección General Impositiva podrá rechazar dicha avaluación si no la considera razonable.Ayuda