Mejoras.- El concepto de las mejoras se integrará también, con los
pavimentos, veredas y cercos. Cuando el valor de las mejoras no esté
individualizado, se considerará que el mismo guarda con respecto al precio
de la tierra la misma relación que ambos elementos tienen con el aforo
mobiliario o valor real, según corresponda, a la fecha de su ingreso al
patrimonio o de cambio de destino.
En el caso de inmuebles rurales, se tomará como valor de mejoras el 10%
del costo si hubiera sido adquirido hasta el año 1966 inclusive, o del
16,67% si hubiera sido comprado posteriormente.