MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 26/01/1976, 04/02/1976.
Participación en otras empresas.- Los resultados que los sujetos pasivos e este impuesto obtengan en otras empresas en las cuales participan, serán computados para liquidar el tributo salvo el caso previsto en el apartado D) del artículo 23º del Título II del Texto Ordenado - 1975.Ayuda