Sueldos de directores.- La deducción por retribuciones a directores de
sociedades anónimas será admitida hasta el monto por el cual se realicen
aportes jubilatorios. Se admitirá, asimismo, la deducción del salario
vacacional de carácter obligatorio.
La deducción prevista en este artículo y en el anterior se realizará por
contribuyente, con prescindencia de la actuación de las personas en tras
empresas.