Fecha de Publicación: 12/01/1976
Página: 61-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 26/01/1976, 04/02/1976.

Artículo 81

Detalle de las ampliaciones.- Quienes se acojan a la exención por
reinversiones, deberán detallar en su declaración jurada los bienes
adquiridos y su precio de costo.

 Si la ampliación se hiciera efectiva con posterioridad al plazo de
presentación de la declaración jurada, el detalle referido en el inciso
anterior se formulará en el escrito en el que se solicite la devolución de
los títulos depositados en garantía.
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