Fecha de Publicación: 12/01/1976
Página: 70-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 69

Transitorio para contribuyentes del Capítulo VIII.- Los contribuyentes a
que se refiere el Capítulo VIII abonarán el monto de la cuota fijada para
el mes de enero de 1976 hasta el cierre del ejercicio económico.
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