REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION DE DEPORTES DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL URUGUAY
Aprobado/a por: Decreto Nº 248/004 de 20/07/2004.
Reglamento derogado por: Decreto Nº 259/014 de 09/09/2014 artículo 6.
Artículo 2.- Sustitúyese el numeral 5.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Deportes de las Fuerzas Armadas aprobado por el Decreto 141/983 de fecha 15 de abril de 1983, el que quedará redactado de la siguiente manera:
" 5. 2 Presidente.
La Presidencia de la Comisión de Deportes de las Fuerzas Armadas será
ejercida por el Director del Instituto Militar de las Armas y
Especialidades e integrada por los Directores de las Escuelas o Jefes de
Departamento de Educación Física de cada Fuerza, actuando como Secretario
el representante del Ejército y como Tesorero alternadamente los
representantes de Armada y Fuerza Aérea».
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 141/983 de 15/04/1983 artículo 5
Numeral 5.2.
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