Aprobado/a por: Decreto Nº 263/021 de 16/08/2021.
Artículo 12.- Sustitúyese el artículo 12 del Decreto N° 418/004, de 25 de noviembre de 2004, por el siguiente: "Artículo 12.- Lo dispuesto en el literal a) del artículo anterior no será aplicable para entrenadores, directores técnicos, entrenadores asistentes ni preparadores físicos." (*)
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 418/004 de 25/11/2004 artículo 12.Ayuda