Aprobado/a por: Decreto Nº 27/996 de 06/02/1996 artículo 1.
   Artículo 55.- Al Departamento de Servicios Generales compete efectuar todas las tareas relacionadas con la Intendencia de los edificios sede de la Cancillería y con el mantenimiento de sus maquinarias, equipos e instalaciones, así como administrar al personal de Oficios y de Servicios auxiliares; y el control y el mantenimiento de inventarios de las existencias de útiles, materiales y suministros del Ministerio.

(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 176/019 de 24/06/2019 artículo 15.
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