Aprobado/a por: Decreto Nº 27/996 de 06/02/1996 artículo 1.
   Artículo 78.- Al Departamento de Asuntos Especiales compete el 
estudio, análisis y seguimiento de los siguientes temas: Narcotráfico, 
Terrorismo, Refugiados, Atlántico Sur, Antártida y todo otro tema 
político especial que le sea asignado; preparar análisis de base, elevar
recomendaciones e instrucciones sobre dichos temas.

(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 173/018 de 11/06/2018 artículo 4.
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