MODIFICACION AL REGLAMENTO DE UNIFORMES DE LA POLICIA NACIONAL
Aprobado/a por: Decreto Nº 276/999 de 14/09/1999 artículo 1.
Artículo 1.- Sustitúyese el artículo 9º del Reglamento de Uniformes de la
Policía Nacional aprobado por el Decreto 557/992 de 17 de noviembre de
1992, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 9.- Está prohibido usar medallas, emblemas y otros
aditamentos no previstos, con excepción de los distintivos y
condecoraciones dados por instituciones públicas extranjeras o de
nuestro país.
Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, el Ministerio
del Interior por resolución fundada, podrá autorizar a las distintas
reparticiones y Unidades Ejecutoras, mediando expresa solicitud de
éstas, el uso de emblemas, insignias, distintivos y similares."
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 557/992 de 17/11/1992 artículo 9.
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