Aprobado/a por: Decreto Nº 292/984 de 23/07/1984 artículo 1.
Artículo 1.- Agrégase al artículo 13 del Reglamento Orgánico del Archivo General de la Nación el siguiente inciso:
Lo dispuesto precedentemente no regirá para la remisión de expedientes
relativos a asociaciones Civiles y Fundaciones, y en general los que
fueren necesarios para el ejercicio de las funciones de Policía confiadas
al Poder Ejecutivo por la ley 15.089, de 12 de diciembre de 1980.

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 295/977 de 17/05/1977 artículo 13.
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