REGLAMENTO DE LOS CENTROS DE FORMACION Y CAPACITACION DEL PERSONAL QUE CUMPLE TAREAS DENTRO DEL AMBITO DE LA SEGURIDAD PRIVADA
Aprobado/a por: Decreto Nº 342/000 de 28/11/2000 artículo 1.
Art. 5. Los conocimientos que se impartan en la formación profesional del
guardia, comprenderán dos grandes áreas: jurídica y técnico profesional.
5.1 En el área del conocimiento jurídico, se impartirán las siguientes
materias:
a- Derecho Constitucional
1- La Constitución. Noción y significado dentro de los estados modernos.
Especial referencia de su carácter fundamental dentro del
ordenamiento jurídico.
2- Los derechos de los ciudadanos reconocidos por la misma.
3- El concepto de seguridad y sus garantías constitucionales.
b- Derecho Penal.
1- Concepto. Delitos y faltas: definición y diferencias.
2- Delitos contra la propiedad. Hurto. Rapiña. Apropiación indebida.
3- Delitos contra la libertad. Privación de libertad. Violencia
privada. Amenazas. Violación de domicilio.
4- Delitos contra la personalidad física y moral del hombre.
Homicidio. Lesiones. Disparo con arma de fuego.
5- Eximentes de pena. Legítima Defensa, Estado de Necesidad,
Cumplimiento de la ley. Obediencia al superior.
6- Delitos contra la Administración Pública. Atentado. Desacato.
c- Derecho Procesal Penal.
1- Concepto. Denuncia. Obligación de denunciar; denuncia e instancia.
2- Facultad para detener. Flagrancia.
d- Legislación Profesional de seguridad privada.
1- Reglamento de Requisitos Mínimos de Seguridad, dictado al amparo
del Dcto. 416/985 de fecha 6/8/85 en lo atinente a su actividad
profesional.
2- Reglamento de Centrales Electrónicas de Alarmas. Dcto. 428/985 de
fecha 13/8/85.
3- Dcto. 275/999 de fecha 14/9/99 Reglamento de Empresas y
Prestadores Privados de Seguridad.
4- Dcto. 181/000 de fecha 20/06/00, referido a la seguridad privada
en centros nocturnos.
6- Resolución Ministerial No. 1791/99 de fecha 19/3/99.
7- Cir. 1564/97 del Banco Central del Uruguay de fecha 14/10/97.-
5.2 En el área del conocimiento técnico profesional, se impartirán las
siguientes materias:
a- Normas de conducta del guardia de seguridad.
1- Conocimiento de la organización a la que pertenece y donde se
desempeña.
2- Obligaciones funcionales. Normas de urbanidad, buen relacionamiento y
atención al cliente.
3- Concepto de calidad de servicio.
4- Etica profesional.
b- Comunicaciones.
1- Concepto. Medios de comunicación. (Telefonía, radio, fax, correo
electrónico etc.). Componentes y formas de utilizarlos. Códigos y
registros de comunicaciones.
2- Informes escritos, formas de elaborarlos.
c- Seguridad.
1- Concepto. Seguridad Pública y Seguridad Privada.
2- La protección, concepto. Sistema integral de seguridad. Medios
humanos y técnicos en la seguridad.
3- La identificación de personas. Actuación en prevención y disuasión.
4- La comunicación con las Fuerzas de Seguridad.
5- Procedimientos de actuación en lugares fijos y seguridad en
grandes instalaciones.
6- El control de accesos, su finalidad. Rondas de vigilancia a pie y
en vehículos.
7- La protección de fondos, valores y objetos valiosos. El transporte
de estos materiales.
8- Medidas de seguridad, antes, durante y después del servicio.
Técnicas ofensivas y defensivas.
9- Prevención de Incendios. Agentes extintores. Procedimiento de
extinción de incendio.
10- Evacuación de personas en instalaciones.
e- Primeros auxilios.
1- Concepto. Concepto de urgencia, emergencia y riesgo de vida.
2- Orden de prioridad para la asistencia.
3- El control de hemorragias. Técnicas de respiración artificial y
reanimación cardio vascular.
4- Traslado de heridos, a pie, en camilla, en vehículos.
5- Primeras actuaciones en caso de accidentes con traumatismos,
cráneo encefálico, torácicos, abdominales, de columna vertebral,
fracturas y luxaciones.
6- Primeras actuaciones en caso de quemaduras.
5.3 En el curso de guardia armado se incluirá:
f- Nomenclatura de las armas reglamentarias.
1- Nomenclatura de las armas reglamentarias Revólver cal.38 y escopeta
cal.12/70.
2- Conservación y limpieza de las armas.
3- Alcances y efectos de los proyectiles.
4- Medidas de seguridad en el uso de las armas reglamentarias.
g- Tiro práctico.
1- Tres cargas completas de revólver.
2- Tres cargas completas de escopeta, con cartuchos de proyectil único y
proyectil múltiple.
(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 342/001 de 28/08/2001 artículo 2.
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