REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL
LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLASTICOS DESTINADOS A LA ELABORACION DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS
Aprobado/a por: Decreto Nº 342/004 de 23/09/2004.
Artículo 1º.- Declárase aplicable en el derecho interno el documento denominado "Lista Positiva de Aditivos para materiales Plásticos Destinados a la Elaboración de Envases y Equipamientos en Contacto con Alimentos" (Modificación de la resolución GMC No.95/94) (Derogación de las resoluciones GMC Nos.36/97, 53/97, 9/99, 10/99, 12/99, 14/99), aprobado por la resolución N°50/01 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que figura como Anexo y forma parte del presente Decreto.
Artículo 2º.- Incorpórese el mencionado documento como Actualización del Anexo II (artículo 12.4.2) del Capítulo 12 del Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto No. 315/994 de 5 de julio de 1994).
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 315/994 de 05/07/1994 Capítulo 12
Anexo II, Lista Positiva de Aditivos para Materiales Plásticos destinados
a la elaboración de Envases y Equipamientos en contacto con Alimentos.
Artículo 3º.- Deróguense los Decretos Nos. 162/001 y 166/001 de 8 de mayo de 2001.
Artículo 4º.- Las resoluciones GMC Nos.9/99, 10/99, 12/99 y 14/99 no han sido previamente incorporadas al derecho interno por lo que no se requiere las derogaciones previstas por la resolución No.50/00 del Grupo Mercado Común.
Artículo 5º.- El presente Decreto regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial.
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