Aprobado/a por: Decreto Nº 364/990 Derogada/o de 15/08/1990 artículo 1.
Derogado/s por: Decreto Nº 317/004 de 31/08/2004 artículo 2.
   Artículo 1.- Modifícanse los parágrafos 4.3.1.2 y 4.4.1 del Reglamento
de Organización y Funciones del Estado  Mayor del Ejército (R.O.F.15-1)
aprobado por decreto 81/989 de fecha 28 de febrero de 1989 los que quedarán redactados de la siguiente forma:

    "4.3.1.2 Los dos Subjefes del Estado Mayor del Ejército, los Jefes de
Departamento, los Subjefes de Departamento, los Jefes de Area y los
Inspectores del Departamento de Ingenieros del Estado Mayor del Ejército
serán de la calificación de Oficial Superior".

   " 4.4.1 El Jefe de Estado Mayor y los Subjefes, los Jefes de
Departamento, los Subjefes de Departamento, los Jefes de Area y los Jefes
de División del Estado Mayor Coordinador, serán diplomados de Estado
Mayor".

      Los Jefes de Departamento y Jefes de División del Estado Mayor
Especialista, en lo posible, serán diplomados de Estado Mayor o contarán
con una especialidad afín a la función que corresponda desempeñar a su
Departamento

      Los Inspectores del Departamento de Ingenieros del Estado Mayor del
Ejército, pertenecerán al Arma de Ingenieros.


(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 81/989 de 28/02/1989 capítulo 4 
Parágrafos 4.3.1.2 y 4.4.1.
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