MODIFICACION DEL ART. 4 DEL "REGLAMENTO PARA EL REGISTRO, PRODUCCION, EXPORTACION, IMPORTACION Y COMERCIALIZACION DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO"
Aprobado/a por: Decreto Nº 380/023 de 22/11/2023 artículo 1.
Artículo 1.- Agrégase al artículo 4 del "Reglamento para el registro, producción, exportación, importación y comercialización de medicamentos de uso humano" aprobado por Decreto N° 18/020, de 13 de enero de 2020, el siguiente inciso final: "Exceptúase de lo dispuesto en la presente disposición, a las importaciones realizadas en el marco de lo dispuesto en el artículo 19 literal "D". (*)
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 18/020 de 13/01/2020 artículo 4
inciso 2º).
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