Aprobado/a por: Decreto Nº 382/012 de 22/11/2012 artículo 2.
 Artículo 15.- La Subdirección será ejercida por un Oficial Jefe en actividad, del Sub Escalafón Ejecutivo de la Policía Nacional, con acreditada formación y experiencia en violencia doméstica y de género. (*)

(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 63/021 de 18/02/2021 artículo 26.
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