Aprobado/a por: Decreto Nº 4/999 de 08/01/1999 artículo 1.
Artículo 1.- Modifícase el artículo 25 del Decreto 114/991 de fecha
5 de marzo de 1991, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 25to.- La Dirección General de Secretaría se integra con:
a) Dirección Secretaría Central
b) Dirección Administrativa
c) Dirección Personal Militar
d) Dirección Personal Civil y Sectorial del Servicio Civil
e) Dirección Planeamiento y Presupuesto
f) Dirección Financiero Contable
g) Dirección Contabilidad
h) Dirección Logística
i) Dirección Nacional de Pasos de Frontera
j) Ayudantía
k) Acuerdos y Refrendas

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 114/991 Derogada/o de 05/03/1991 artículo 25.
   Artículo 3.- Amplíase la Sección 11, del Decreto 114/991 de fecha
5 de marzo de 1991, de la siguiente manera:
Artículo 48vo. bis.- El Departamento Acuerdos y Refrendas dependerá
directamente de la Dirección General de Secretaría y le compete:
a) preparar la documentación que se suscriben en los Acuerdos 
Presidencial y Ministerial.-
b) recepcionar y ejecutar el seguimiento de los asuntos remitidos para la
obtención de refrenda de otros Ministerios.-

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 114/991 Derogada/o de 05/03/1991 (Artículo 48 
bis).
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