Fe de erratas publicada/s: 05/10/1993.
Aprobado/a por: Decreto Nº 404/993 de 14/09/1993 artículo 1.
Artículo 31.- En las actuaciones administrativas del "Servicio de
Radioaficionados" se aplicarán, en todo cuanto no estuviere previsto en
este Reglamento, las disposiciones del Decreto Nº 500/991 de 27 de
setiembre de 1991.
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