Aprobado/a por: Decreto Nº 427/018 de 20/12/2018.
   Sustituir el literal a) del artículo 5 del Reglamento de Ingreso de Personal Subalterno de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas aprobado por el Decreto 127/006 de 27 de abril de 2006, el que quedará redactado de la siguiente manera:
   "ARTICULO 5.- a) Un Concurso podrá realizarse aún sin la existencia de vacantes reales, en previsión de que se generen las mismas durante el plazo de vigencia de la lista de precedencia a que refiere el artículo que antecede".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 127/006 de 27/04/2006 artículo 5 
literal a).
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