Aprobado/a por: Decreto Nº 463/977 Derogada/o de 16/08/1977 artículo 1.
Reglamento derogado por: Decreto Nº 595/991 de 12/11/1991 artículo 3.
Ver Reglamento sustituído: Decreto Nº 174/977 de 29/03/1977.
5. UNIDADES ADMINISTRATIVAS

a) Relaciones:

Depende de: Ministerio de Defensa Nacional.
Supervisa a: División Operativa.
             División Financiero Contable.

5.1. Dirección (Director).

La Dirección del Servicio, será ejercida por el Director y el Subdirector
del mismo, de conformidad con la distribución de competencias que se
expresa seguidamente. El Director y el Subdirector, serán Coroneles o
Capitanes de Navío en actividad, designados por el Poder Ejecutivo, a
propuesta del señor Comandante en Jefe que corresponda.

b) Funciones (del Director):
1º) Ejecutar la política de obtención de viviendas propias para los
    integrantes de las Fuerzas Armadas, de conformidad con las directivas
    que sean dispuestas por la Superioridad;
2º) Asesorar al Ministerio de Defensa Nacional y al Poder Ejecutivo, en
    los asuntos de competencia del Servicio;
3º) Representar al Servicio en todos los cometidos que le sean asignados
    por la ley y la reglamentación y coordinar la acción del mismo con los
    órganos públicos y dependencias de las Fuerzas Armadas, en lo
    referente a sus cometidos, comunicándose directamente con cada uno de
ellos.

5.1.1. Subdirector:

a) Relaciones:

Depende de: Director.
Supervisa a: División Operativa.
             División Financiero Contable.

b) Funciones:

1º) Sustituir al Director en caso de ausencia;
2º) Secundar al Director en la organización y funcionamiento en lo
    Administrativo y Técnico para el cumplimiento de los cometidos del
    Servicio;
3º) Centralizar la conducción del trámite administrativo del Servicio, de
    acuerdo con las normas que se dicten al respecto;
4º) Ejercer el control de los asuntos vinculados con la administración del
    Servicio en lo relativo al personal, presupuesto, suministros y
    servicios;
5º) Programas y ejercer la coordinación de las actividades de los
    Departamentos, procurando armonizar las mismas en todos los casos en
    que se requiere la participación de más de uno de ellos cuando se
    constituyan equipos interdisciplinarios para atender misiones
    específicas.

5.1.2. Secretarías.

Las Secretarías de la Dirección y Subdirección, serán desempeñadas por
Personal Subalterno, teniendo a su cargo el cumplimiento de las funciones
administrativas correspondientes.


5.1.3. Grupos de Trabajo Asesores.

a) Relaciones:

Depende de: Dirección de los Grupos de Trabajo Asesores.

Dependerán de la Dirección, los Grupos de Trabajo Asesores que sean
designados en cada caso por el señor Subdirector y presididos por éste,
para el estudio de asuntos que requieran pronunciamientos técnicos
interdisciplinarios y produciendo los informes que corresponden.

5.1.3.0. Divisiones:

Los Jefes de División, serán Oficiales de las Fuerzas Armadas de la
categoría de Jefes.
La organización interna del Servicio de Viviendas, se realiza a través de
las Divisiones Operativa y Financiero Contable de acuerdo a la estructura
siguiente.

5.1.3.1. División Operativa:

a) Relaciones:

Depende de: Dirección.
Supervisa a: Departamento Administrativo.
             Departamento Jurídico.
             Departamento Técnico.
             Departamento Asistencia Social y Cooperativa.

b) Funciones:

1º) Centralizar los cometidos de planificación, coordinación y
    supervisión, ejerciendo todas las actuaciones referentes a la
    administración en general de los medios y el personal del Servicio de
    Viviendas y de sus dependencias logísticas internas. Dependen de la
    misma los Departamentos Administrativo, Jurídico, Técnico y Asistencia
    Social y Cooperativa.

5.1.3.2. División Financiera Contable:

a) Relaciones:
   Depende de: Dirección.
   Supervisa a: Departamento Contaduría.
                Departamento Tesorería.

b) Funciones:

Centralizar los cometidos de asesoramiento a la Dirección en todo lo
relacionado con su materia específica, aplicar las normas de naturaleza
económica pertinente y proceder a instrumentar su cumplimiento.

5.1.3.2.1. Departamentos:

Los Jefes de Departamento serán Oficiales de las Fuerzas Armadas.

5.1.3.2.2. Departamento Administrativo:

a) Relaciones:
   Depende de: División Operativa.
   Supervisa a: Sección Administración y Archivo.
                Sección Calificación y Adjudicación.
                Sección Personal y Servicios.

b) Funciones:

1º) Conducir el trámite administrativo y el archivo de los expedientes
    tramitados en el Servicio y de la documentación remitida al mismo;
2º) Disponer la difusión por las vías que correspondan de toda la
    información de utilidad para los integrantes de las Fuerzas Armadas;
3º) Organizar y mantener en funcionamiento la unidad de información y
    orientación al público, y ejercer las funciones de relaciones públicas
    en lo referente a las materias de competencia del Servicio;
4º) Centralizar la conservación de toda la documentación referente al
    personal del Servicio a los efectos del ejercicio de las potestades
    disciplinarias, de calificación, ascensos, etc., respecto del mismo.

5.1.3.2.3. Departamento Jurídico:

a) Relaciones:
   Depende de: División Operativa.
   Supervisa a: Sección Asesoría Letrada.
                Sección Asesoría Notarial.
                Sección Contrataciones y Convenios.

b) Funciones:

1º) Asesorar al Director, dictaminar y emitir opinión técnica en los
    aspectos jurídicos y notariales;
2º) Preparar los proyectos de normas legales y reglamentarias que se
    soliciten, así como los contratos, convenios, actas, escrituras y
    otros actos jurídicos en que intervengan el Servicio o las
    dependencias del Ministerio de Defensa Nacional que así lo soliciten
    en las materias del Servicio; 
3º) Representar y patrocinar al Estado ante los órganos judiciales o
    administrativos;
4º) Asesorar a los integrantes de las Fuerzas Armadas y a las Cooperativas
    de Vivienda integradas por éstos en todo lo referente a la materia
    jurídica y notarial en el ámbito de competencia del Servicio que le
    sea requerida, brindándole el apoyo necesario.

5.1.3.2.4. Departamento Técnico:

a) Relaciones:
   Depende de: División Operativa.
   Supervisa a: Sección Planeamiento, Estudios y Proyectos.
                Sección Asesoramiento, Tasaciones y Supervisiones.
                Sección Dirección y Liquidación de Obras.

b) Funciones:

1º) Asesorar al Director en todas las materias que requieran su
    intervención para la obtención de viviendas para los integrantes de
    las Fuerzas Armadas;
2º) Realizar estudios, investigaciones y planificación elaborando
    proyectos, planos, memorias, pliegos de condiciones, etc. necesarios
    para la construcción, refacción y ampliaciones de viviendas
    individuales o colectivas;
3º) Cumplir la supervisión y dirección de obras en todos los proyectos en
    que tenga intervención el Servicio formulando sugerencias técnicas
    sobre los proyectos a ejecutarse;
4º) Brindar asesoramiento y asistencias a los integrantes de las Fuerzas
    Armadas y a las Cooperativas de Vivienda integradas por éstos en todo
    lo referente a la materia técnica, en el ámbito de competencia del
    Servicio que le sea requerido, brindándoles el apoyo necesario.

5.1.3.2.5. Departamento Asistencia Social y Cooperativa:

a) Relaciones:
   Depende de: División Operativa.
   Supervisa a: Sección Servicio Social.
                Sección Educación Cooperativa.

b) Funciones:
1º) Centralizar la prestación de la totalidad de los servicios
    encomendados al Servicio de Viviendas en carácter de Instituto de
    Asistencia Técnica de las Cooperativas de Vivienda, de conformidad con
    lo dispuesto por las normas reglamentarias pertinentes para el
    cumplimiento de sus cometidos.
    Si perjuicio de la participación de los profesionales dependientes de
    otros Departamentos que sean afectados en cada caso por la
    Subdirección a cumplir funciones específicas en éste, cuando así
    resulte necesario, deberán integrar necesariamente el mismo los
    técnicos de Asistencia Social y Educación Cooperativa, de conformidad
    con las normas vigentes.

5.1.3.2.6. Departamento Contaduría:

a) Relaciones:
   Depende de: División Financiero Contable.
   Supervisa a: Sección Préstamos.
                   "    Contabilidad.
                   "    Obras.

b) Funciones:
1º) Realizar todos los actos necesarios para la adecuada administración
    financiero contable y registro de todos los recursos asignados al
    Servicio como productor de viviendas, administrador de recursos y en
    toda la materia financiera referente a vivienda de competencia del
    Servicio;
2º) Asesorar a los integrantes de las Fuerzas Armadas y a las Cooperativas
    de Vivienda integradas por éstos en todo lo referente a la materia
    contable y económica financiera en el ámbito de competencia del
    Servicio que le sea requerida, brindándoles el apoyo necesario.

5.1.3.2.7. Departamento Tesorería:

a) Relaciones:
   Depende de: División Financiero Contable.
   Supervisa a: Secciones Gastos.
                    "     Tesorerías.
                    "     Presupuesto.

b) Funciones:
1º) Entender en todo lo referente a la instrumentación y liquidación
    presupuestal de sueldos, gastos, contrataciones, verificando la
    regularidad de los movimientos y la actualización de la contabilidad y
    proponiendo en su caso las normas y criterios de organización más
    convenientes.

(*)Notas:
Punto 5.1.3.2.3. literal b se modifica/n por: Decreto Nº 727/987 de 
08/12/1987 artículo 1.
Punto 5.1.3.2.3. literal b) se modifica/n por: Decreto Nº 526/985 Derogada/o de 
01/10/1985 artículo 1.
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