Aprobado/a por: Decreto Nº 490/980 de 16/09/1980 artículo 1.
Artículo 1.- Modifícase el literal b), numeral 1 del artículo 7° del
decreto 163/980 de fecha 29 de enero de 1980, por el que se reglamenta la "Orden Militar al Mérito, Tenientes de Artigas", el que quedará redactado de la siguiente manera:

"b)  La Banda será en falla de 0 m. 10 de ancho, centro rojo de 0 m. 05 de
     ancho flanqueado de dos franjas blancas de 0 m. 0125 y éstas de otras
     dos azules del mismo ancho".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 163/980 de 29/01/1980 artículo 7 
Literal b Numeral 1.
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