Aprobado/a por: Decreto Nº 592/988 de 20/09/1988 artículo 1.
                              CAPITULO I

                               MISION

1. El Servicio de Veterinaria y Remonta tendrá por misión, asegurar todo
   lo relativo a la remonta de ganado y la obtención, almacenamiento,
   mantenimiento, distribución y evacuación del material.

     Deberá promover el mejoramiento de toda especie animal que sea de
   interés para la Defensa Nacional, particularmente equinos y perros de
   guerra, y la explotación y administración de los campos y
   establecimientos de su dependencia.

                              CAPITULO II

                               FUNCIONES

2. Las funciones generales del Servicio serán:
2.1 Proporcionar atención veterinaria en el ámbito del Ejército,
    visando asegurar en elevado índice sanitario de cada una de las
    especies.
2.2 Proveer y mantener el ganado de silla y tiro del Ejército.
2.3 Proveer racionamiento y atención veterinaria a perro de guerra.
2.4 Promover el mejoramiento de toda especie animal que sea de interés
    para la Defensa Nacional, particularmente de caballos, mediante la
    selección y clasificación de sus planteles de cría y el
    establecimiento de estaciones de monta dentro del territorio nacional.
2.5 Fomentar la cría del equino de guerra para Oficiales y la
    actividad ecuestre en el ámbito militar y nacional.
2.6 Proveer de forraje al Ejército propendiendo al autoabastecimiento.
2.7 Realizar la explotación intensiva de los establecimientos rurales
    a su cargo.
2.8 Colaborar con organismos del Estado y privados en la preservación
    de la salud animal y humana.
2.9 Desarrollar programas de acción cívica.
2.10 En situaciones de movilización o de emergencia nacional tomar a
     cargo.

2.10.1 La remonta de las Unidades operativas.
2.10.2 Mantenimiento del apoyo logístico médico - veterinario en
       coordinación con el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
2.10.3 Realización de inspección de alimentos y prevención de zoonosis

                             CAPITULO III

                           ESTRUCTURA ORGANICA

3. El Servicio de Veterinaria y Remonta dependerá del Comando de Apoyo
   Administrativo del Ejército.
3.1 El Servicio de Veterinaria y Remonta se compone de:
3.1.1 Dirección (Director y Subdirector).
3.1.2 Secretaría General.
3.1.3 Ayudantía
3.1.4 División I (Remonta y Abastecimiento).
3.1.5 División II (Veterinaria).
3.1.6 División III (Contable).
3.1.7 División IV (Personal y Servicios).
3.1.8 Departamento de Explotaciones Agropecuarias.
3.1.8.1 Campo Militar Nº 1 "Los Cerrillos" y Haras "General Fausto
        Aguilar".
3.1.8.2 Campo Militar Nº 2 "Zapará".
3.1.8.3 Campo Militar Nº 3 "Arerunguá" y Haras Militar "Los
        Orientales".
3.1.8.4 Campo Militar Nº 4 "Soca".
3.1.8.5 Campo Militar Nº 5 "Santa Teresa y San Miguel".
3.1.9 Cuerpo de Inspectores.
3.1.10 Organigrama - Anexo Nº 1.

3.2 DIRECTOR
3.2.1 Será desempeñado por un Oficial Superior del Arma de Caballería.
3.2.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.2.2.1 Dirigir, regular y fiscalizar las actividades del Servicio.
3.2.2.2 Asesorar al Comando de Apoyo Administrativo en todo asunto
        relacionado con las funciones del Servicio de Veterinaria y
        Remonta.

3.3. SUBDIRECTOR
3.3.1 Será desempeñado por un Oficial Superior del Arma de Caballería;
      será el segundo en el mando y dirección del Servicio de Veterinaria
     y Remonta del Ejército y suplantará al Director durante las
ausencias temporales del mismo y ocupará transitoriamente dicho
cargo, en caso de estar vacante.

3.4 AYUDANTIA
3.4.1 Estará integrada por el Ayudante del Director, que será un
      Oficial Subalterno y el personal que se le asigne; tendrá la función
      de asistir a los Directores en las tareas que encaren personalmente.

3.5 SECRETARIA GENERAL
3.5.1 Estará bajo las órdenes de un Jefe del Ejército y será el
      Oficial Ejecutivo de la Dirección. Cumplirá funciones de Oficina de
      Información y Operaciones del Servicio y de trámite y archivo, de
      todo asunto o documentación destinado o expedido por la Dirección.

3.6 DIVISION I (REMONTA Y ABASTECIMIENTO)
3.6.1 El cargo de Jefe de División será desempeñado por un Jefe del
      Ejército del Arma de Caballería.
3.6.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.6.2.1 Obtener, distribuir y controlar el ganado equino de Unidades,
        Institutos, Reparticiones y del Personal Superior.
3.6.2.2 Obtener, distribuir y controlar el forraje para el ganado del
        Ejército.
3.6.2.3 Mantener actualizadas las estadísticas y realizar la difusión
        sobre la producción del ganado caballar.

3.7 
DIVISION II (VETERINARIA)

3.7.1 El cargo de Jefe de División será desempeñado por un Jefe del
      Ejército del Arma de Caballería, pudiendo ser desempeñado dicho
      cargo, por un Jefe Técnico-Profesional, acorde a las
      disponibilidades de Personal y criterio para el caso de la
      Dirección. 
3.7.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales.
3.7.2.1 Asegurar apoyo médico - veterinario a Unidades, Institutos,
        Reparticiones y Servicios del Ejército, para grandes y pequeños
        animales.
3.7.2.2 Fomentar la realización de trabajos científico-veterinarios en
        beneficio de las metas y objetivos perseguidos por las Fuerzas
        Armadas.
3.7.2.3 Contribuir a la mayor capacitación técnica de sus integrantes,
        fomentando trabajos de investigación e intercambiando información
        científica con otros organismos estatales y privados, nacionales o
        extranjeros y asegurar los cursos de formación y perfeccionamiento
        para ello.
3.7.2.4 Realizar o dirigir inspecciones técnicas sobre estado de
        alimentos destinados al personal de las Fuerzas Armadas u otros
        grupos, según órdenes superiores, así como sobre la caballada,
        forraje, herrado y empleo de los materiales destinados a esos
        fines en Unidades, Reparticiones, Institutos y Servicios.
3.7.2.5 Formar personal técnico auxiliar del Médico - Veterinario, en
        particular Enfermeros Veterinarios y Herradores.

3.8 DIVISION III (CONTABLE)
3.8.1 El cargo de Jefe de División será desempeñado por un Jefe del
      Ejército.
3.8.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.8.2.1 Asesorar en materia económica, financiera y contable.
3.8.2.2 Elevar a la Dirección del Servicio las necesidades de rubros
        presupuestales y refuerzos de los mismos.
3.8.2.3 Administrar rubros y proventos, fiscalizar su utilización de
        acuerdo a las necesidades legales sobre contabilidad y
        administración financiera.

3.9 
DIVISION IV (PERSONAL Y SERVICIOS)

3.9.1 El cargo de Jefe de División será desempeñado por un Jefe del
      Arma de Caballería. 
3.9.2 Tendrá como función y responsabilidad principal.
3.9.2.1 Asegurar el normal funcionamiento de la vida interna del
        Servicio en lo referente a personal, seguridad y servicios.

3.10 
DEPARTAMENTO DE EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS

3.10.1 El cargo de Jefe de División será desempeñado por un Jefe del
       Ejército del Arma de Caballería. 
3.10.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.10.2.1 Ejecutar los planes previstos, tomando a su cargo las medidas
         pertinentes para que se cumplan las metas en lo inherente a
         mejoramiento de la raza caballar, a fin de obtener la remonta de
         las Unidades del Ejército.
3.10.2.2 Controlar que los planes previstos se cumplan en los Campos
         Militares, de manera de realizar una explotación agropecuaria
         racional, eficiente y rentable.
3.10.2.3 Controlar que los costos de producción se adapten a una
         correcta explotación acorde a los planes.
3.10.2.4 Ejercerá la coordinación entre el Director y los Campos
         Militares.

3.11 
CAMPOS MILITARES

3.11.1 El cargo de Jefe de Campo será desempeñado por Jefes del
       Ejército del Arma de Caballería. 
3.11.2 Dependerán directamente de la Dirección del Servicio y serán
       coordinados por el Jefe del Departamento de Explotaciones
       Agropecuarias.
3.11.3 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.11.3.1 Administración y gobierno de la dotación, existencia y
         personal asignados a cada campo, ejecutando los planes y
         directivas emanadas de la Dirección a través del Departamento de
         Explotaciones Agropecuarias, con la finalidad de optimizar la
         producción de los mismos, a la vez que efectuar sugerencias que
         faciliten a la Dirección la adopción de decisiones.
3.11.3.2 Ejercer la autoridad y asumir la responsabilidad de mando que
         los Códigos y Reglamentos del Ejército acuerdan a su cargo y
         jerarquía.

3.12 CUERPO DE INSPECTORES
3.12.1 Estará integrado por Oficiales Superiores de las Armas de
       Caballería o Artillería.
3.12.2 Tendrá como funciones y responsabilidades principales:
3.12.2.1 Representar a la Dirección con el cometido de realizar:
         - Inspecciones sobre el funcionamiento del Servicio y sus
           actividades.
         - Inspecciones de inventario a Comando, Institutos, Unidades,
           Servicios y Reparticiones del Ejército, de existencias del
           Servicio.
         - Control en las anteriormente citadas dependencias del Ejército,
           sobre el material y equipo del Servicio.
         - Otras inspecciones que la Dirección estime necesarias.
         - Estudios ordenados por la Dirección del Servicio.
         - Para el cumplimiento de sus tareas se ajustarán a lo
           establecido en el Reglamento General para las Inspecciones Nº
           81 del Comando General del Ejército.


(*)Notas:
3.7.1, 3.9.1, 3.10.1 y 3.11.1 se modifica/n por: Decreto Nº 333/991 de 
26/06/1991 artículo 1.
                              CAPITULO IV

                         DISPOSICIONES GENERALES

El Director del Servicio de Veterinaria y Remonta del Ejército
confeccionará y elevará al señor Comandante de Apoyo Administrativo,
el Proyecto del Manual de Organización y Funcionamiento del Servicio,
para su consideración y aprobación del señor Comandante en Jefe del
Ejército, en el cual se desarrollará y profundizará la organización
aquí establecida y detallará las normas y procedimientos de
funcionamiento que aseguren el cumplimiento de la misión.


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