Aprobado/a por: Decreto Nº 595/991 de 12/11/1991 artículo 1.
2. OBJETIVOS.
    2.1. El Servicio de Viviendas es un organismo conjunto, que integra
         el Servicio de Seguridad Social, dependiendo de la Dirección
         General de los Servicios de las Fuerzas Armadas.
    2.2. Su misión es la obtención de viviendas propias para el Personal
         Superior y Subalterno de las Fuerzas Armadas en actividad o en
         retiro con intervención de los organismos oficiales de crédito
         (Inciso 1, literal B, artículo 27 del decreto ley Orgánico de
         las Fuerzas Armadas 14.157 de 21 de febrero de 1974.

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