Aprobado/a por: Decreto Nº 864/988 Derogada/o de 20/12/1988 artículo 1.
                                TITULO II

            Condiciones de Ingreso para Sargentos 
                               Primeros

                              CAPITULO I

                        Requisitos de Ingreso


Artículo 71 Para ingresar a la Escuela MIlitar los Sargentos 1ros.
requieren:

a) Ser Oriental (ciudadano natural) y de sexo masculino;
b) contar con una antigüedad mínima computable de un año 
en el grado;
c) Proceder de los Escalafones de Fuerzas de Combate o de 
Apoyo de Combate;
d) Presentar solicitud de ingreso ante el Comando General del
Ejército, dentro de los quince días previos a la finalización del
período establecido oportunamente según Título I, Capítulo I, Artículo
1º, Inciso g;
e) Haber cursado con aprobación 6º año de Educación Secundaria Básica y
Superior en sus Orientaciones Humanística o Científica o sus equivalentes
del Consejo de Educación Técnico-Profesional;
f) Comprobar su buena conducta militar y civil mediante certificados
expedidos por el Comando de la Unidad o Repartición donde presta
Servicios;
g) Ser declarado apto en los Exámenes Médico - Odontológico y de Aptitud
Física;
h) Aprobar los siguientes exámenes: Idioma Español, leyes y
Reglamentaciones y según provengan de la Orientación Humanística o
Científica, Historia o Matemática;
i) Obtener beca de acuerdo con lo que determina la Ley Orgánica del
Ejército y el presente Reglamento.

                             CAPITULO II

                       Examen de Aptitud Física

(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 309/007 de 27/08/2007 artículo 1.
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