Aprobado/a por: Decreto Nº 89/991 Derogada/o de 19/02/1991 artículo 1.
  Artículo 1.- Modifícanse, el literal b) del artículo 52, literal b)(1)
(a), literal b) (1) (f), literal b) (2) (a) y literal b) (2) (f) del artículo 53 del Reglamento sobre Condiciones y Programas de Ingreso a la Escuela Militar (R-83), aprobado por decreto 864/988 de fecha 20 de diciembre de 1988 los que quedarán redactados de la siguiente manera:

"ARTICULO 52.- b) Haber obtenido al finalizar 5to. y 6to. año de
Secundaria continuados, las siguientes calificaciones promediales:
      En Estudio -  Nota  8 (Ocho)
      En Conducta - Nota 10 (Diez)

 ARTICULO 53.- b) (1) (a) Promedio matemático en cada año de todas las
asignaturas en que es calificado el alumno en la escala del 1 al 12 (uno a
doce).

(f) Al hacer la división entre dos de la suma de los promedios en Estudio,
la nota numérica al alcanzar debe ser 8 (ocho) o superior.

(2) (a) Promedio matemático en cada uno en la escala de 1 a 12 (uno a
doce).

(f) Al hacer la división entre dos de la suma de los promedios de
conducta, la nota al alcanzar debe ser de 10 (diez) o superior".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 864/988 de 20/12/1988 artículos 52 y 
53.
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