FIJACION SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 1995




Promulgación: 02/01/2005
Publicación: 11/01/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 9
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Lo dispuesto en el artículo 1° regirá a partir del 2 de enero de 2005 y
no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales
y de la esquila.
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