La nómina referida en el artículo anterior deberá contener:
- nombre completo del funcionario y fecha de reingreso a la
Administración Pública
- oficina de origen
- tarea que desempeña en la oficina de destino
- plazo de vigencia de la comisión
- razones que justifican el pase en comisión
Asimismo deberán presentar la nómina de los funcionarios del organismo,
en comisión en otras dependencias según el siguiente detalle:
- nombre completo del funcionario y fecha de ingreso a la Administración
Pública
- oficina de destino
- plazo de vigencia de la comisión
El Poder Ejecutivo resolverá en forma fundada dentro del plazo de
sesenta días, la vigencia de los pases en comisión debidamente
comunicados por un plazo no mayor de un año, o su cese. (*)