FUNCIONARIOS - PASES EN COMISION




Promulgación: 12/01/1993
Publicación: 20/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 22
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.320 de 01/11/1992 artículo 22.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

    A partir del 1º de marzo de 1993 sólo podrá disponerse el pase en
comisión de funcionarios de la Administración Central al amparo de normas
jurídicas especiales o del artículo 32 de la ley 15.851 de 24 de diciembre
de 1986 con la redacción dada por el artículo 40 de la ley 16.320 de 1º de
noviembre de 1992.

   Asimismo el Poder Ejecutivo podrá autorizar por un plazo no mayor de
un año nuevos pases en comisión, cuando los mismos sean imprescindibles
para reforzar áreas consideradas prioritarias, o cuando razones de
organización supervenientes lo aconsejen. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4 y 6.
Referencias al artículo
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