VISTO: la necesidad de implementar lo dispuesto por el Plan Quinquenal de
Vivienda 2000 - 2004 en lo que refiere a la implementación de un Fondo de
Garantía de Alquileres;
RESULTANDO: I) que en el punto 1.7 del Plan Quinquenal referido, se prevé
el financiamiento de un fondo de garantía de alquileres destinado a
facilitar el arrendamiento de vivienda destinado a personas con ingresos
mensuales de entre 30 y 75 Unidades Reajustables;
II) que para la constitución de dicho Fondo el Ministerio previó en el
Plan Quinquenal de Vivienda, un cronograma que asciende a la suma e U$S
500.000 para el presente ejercicio y de U$S 700.000, U$S 748.559 y U$S
1.000.000 para los ejercicios 2002, 2003 y 2004 respectivamente;
CONSIDERANDO: que se estima pertinente y necesaria la creación del Fondo
de Garantía de Alquileres a efectos de concretar su implementación, en
cumplimiento de la política nacional de vivienda conforme a lo
preceptuado en Plan Quinquenal aprobado por el art. 406 de la ley No.
17.296, del 21 de febrero de 2001;
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 2º y numeral 1º
del artículo 3º de la Ley No. 16.112 de 30 de mayo de 1990 y en el Plan
Quinquenal de Vivienda 2000 - 2004 aprobado por el art. 406 de la ley No.
17.296 del 21 de febrero de 2001;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: