ADECUACION DE NORMAS REGLAMENTARIAS RELATIVAS AL PAGO DEL IVA A LA CARNE VACUNA DISTRIBUIDA POR LA COMISION DE ABASTO




Promulgación: 22/02/1978
Publicación: 01/03/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 317
  Visto: lo dispuesto por el artículo 50º de la ley 14.754, de 5 de enero
de 1978.

  Considerando: conveniente adecuar las normas reglamentarias vigentes a
las modificaciones introducidas por la citada norma legal,

                   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 999/975 Derogada/o de 29/12/1975 
artículo 44.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 999/975 Derogada/o de 29/12/1975 
artículo 45.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 999/975 Derogada/o de 29/12/1975 
artículo 46.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 999/975 Derogada/o de 29/12/1975 
artículo 47.

Artículo 5

   Derógase el artículo 18º del decreto 999/975, de 29 de diciembre de
1975.

Artículo 6

   El presente decreto regirá desde el 19 de enero de 1978, salvo en lo
referente al régimen especial de liquidación para proveedores y
carnicerías, el que se aplicará para todas las operaciones realizadas con
la Comisión de Abasto.

Artículo 7

   Comuníquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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