CAPITULO III - DE LOS DERECHOS ASISTENCIALES
El solicitante de afiliación deberá expresar por escrito su aceptación de los resultados del examen médico previo antes que la Institución de Asistencia Médica Colectiva tenga derecho al cobro de las cuotas mensuales. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 22.