DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS. COMPRAS DEL ESTADO




Promulgación: 24/03/2010
Publicación: 07/04/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 561
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Bomberos para que
se autorice un procedimiento de contratación especial para la adquisición
de materiales y equipos para tareas profesionales no fabricados en el
país.

RESULTANDO: I) Que se ha podido comprobar que en sucesivos procedimientos
de licitaciones públicas internacionales, no ha sido posible adquirir
materiales y equipos ya por inexistencia de ofertas, ya porque los
proveedores locales no cumplen los requerimientos y las certificaciones
técnicas establecidos por la Dirección Nacional de Bomberos para los
bienes a adquirir.

II) Que los bienes cuya compra se ha frustrado por lo antes expuesto no
son fabricados en el país, por lo que no existe competencia con la
industria nacional.

CONSIDERANDO: I) Que es oportuno y conveniente autorizar a la Dirección
Nacional de Bomberos a realizar la compra de bienes empleados en
operaciones profesionales, mediante el procedimiento especial sugerido.

II) Que el Tribunal de Cuentas de la República ha aprobado el
procedimiento propuesto.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto en el artículo 34
del Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997 (T.O.C.A.F 1996);

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Autorízase a la Dirección Nacional de Bomberos a seguir el procedimiento
especial de contratación que se aprueba seguidamente, exclusivamente para
la adquisición de materiales y equipos aplicados a operaciones
profesionales de Bomberos y no fabricados en el país.

JOSE MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - PEDRO BUONOMO
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