Repútanse fraudulentas las manipulaciones o prácticas que tengan por
objeto disimular el estado de alteración de los vinos calificados inaptos
para el consumo y el corte de cualesquiera de estos productos con vinos en
condiciones aptas de potabilidad.
El vino resultante de las prácticas fraudulentas referidas en el inciso
anterior se reputará inapto para el consumo. (*)