APROBACION DE ESTRUCTURA TARIFARIA DE SERVICIOS PORTUARIOS




Promulgación: 22/04/1998
Publicación: 29/04/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 686
Ver vigencia: Decreto Nº 54/999 de 24/02/1999 artículo 3.
Referencias a toda la norma
  VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Hidrografía
tendiente a la modificación del Cuerpo Normativo Tarifario para los
Puertos Deportivos.

  RESULTANDO: I) Que las precitadas tarifas, fueron establecidas por el
Decreto Nº 536/991 de 1º de octubre de 1991, y oportunamente modificadas
por Decreto Nº 428/993 de 28 de setiembre de 1993.

II) Que en base al informe elaborado por la Comisión de Asuntos
Portuarios, corresponde adecuar los criterios y tarifas que se aplican por
concepto de servicios portuarios brindados por la Dirección Nacional de
Hidrografía.

III) Que a tales efectos, la precitada Dirección Nacional, previo estudio
de los mismos, y habiendo recaído informes favorables del Departamento
Asesoría Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas -Informe Nº
947/97 de 19 de noviembre de 1997- y la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, eleva el Cuadro de Valores de las nuevas tarifas.

  CONSIDERANDO: que las razones expuestas contribuirán a mejorar las
condiciones para el desarrollo del deporte náutico y el turismo.

                    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Cuerpo Normativo Tarifario para los Puertos Deportivos
administrados por la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas según el siguiente detalle:

CATEGORIA 1
PUNTA DEL ESTE
A) AMARRAS
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
MUELLE                              0,25 UR/m/día        0,08 UR/m/día
BOYAS (BORNEO)                      0,125 UR/m/día        0,03UR/m/día

B) ENERGIA ELECTRICA
                                              Para todo el año
- Velero eslora menor o igual a 10m             0,075 UR/día
- Velero eslora mayor a 10m
y menor o igual a 20m                            0,20 UR/día
- Velero eslora mayor a 20m                      0,30 UR/día
- Cruceros eslora menor o igual a 10m            0,20 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 10m
y menor o igual a 15m                            0,30 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 15m
y menor o igual a 20m                            0,35 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 20m                    0,45 UR/día
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Suministro a locales (llave 20A)    0,15 UR/día         0,10 UR/día
- Suministro a locales (llave 40A)    0,30 UR/día         0,20 UR/día
- El usuario deberá proveer la llave limitadora a instalar.

C) AGUA POTABLE
                                              Para todo el año
- Eslora menor o igual a 7m                     0,05 UR/día
- Eslora mayor a 7m y menor o igual a 10m       0,12 UR/día
- Eslora mayor a 10m y menor o igual a 20m      0,25 UR/día
- Eslora mayor a 20m                            0,50 UR/día
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Suministro a locales                0,05 UR/día          0,03UR/día

D) GUARDERIA
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Eslora menor o igual a 7m           0,60 UR/día         0,25 UR/día
- Eslora mayor a 7m                   0,75 UR/día
- Eslora mayor a 7m y menor
o igual a 10m                                             0,35 UR/día
- Eslora mayor a 10m                                      0,45 UR/día
- Motos de agua, trailers, anguilera  0,40 UR/día         0,15 UR/día

E) SERVICIOS DE EXPLANADA
- Botada o Varada                         0,25 UR              0,10 UR
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Botada y Varada                     0,50 UR               0,20 UR
- Alquiler de Boxes                   0,25 UR/día          0,15 UR/día
- Para usuarios de guardería de la Dirección Nacional de Hidrografía se
aplicará una rebaja del 50% en el servicio de Botada y Varada. (1 Servicio
por día)

F) PREDIOS D.N.H.
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Arrendamiento y                  0.30 UR/m2/día      0.15 UR/m2/día (*)
Venta de pasajes                 

G) LOCALES D.N.H. (Locales ubicados en muro de atraque frente a muelle
oficial)
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Arrendamiento                       0,15 UR/día        0,075 UR/día

H) SERVICIOS VARIOS
- Duchas (unidad)            0,06 UR
- Teléfono       Antel +25%

CATEGORIA 2
PUERTO PIRIAPOLIS
A) AMARRAS
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- MUELLE                           0,125 UR/m/día      0,04 UR/m/día
- BOYAS (BORNEO)                   0,0625 UR/m/día     0,015 UR/m/día (*)

B) ENERGIA ELECTRICA
                                          Para todo el año
- Velero eslora menor o igual a 10m         0,075 UR/día
- Velero eslora mayor a 10m
y menor o igual a 20m                        0,20 UR/día
- Velero eslora mayor a 20m                  0,30 UR/día
- Cruceros eslora menor o igual
a 10m                                        0,20 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 10m
y menor o igual a 15m                        0,30 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 15m
y menor o igual a 20m                        0,35 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 20m                0,45 UR/día
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Suministro a locales
(llave 20A)                          0,15 UR/día          0,10 UR/día
- Suministro a locales
(llave 40A)                          0,30 UR/día          0,20 UR/día
- El usuario deberá proveer la llave limitadora a instalar

C) AGUA POTABLE
                                             Para todo el año
- Eslora menor o igual a 7m                    0,05 UR/día
- Eslora mayor a 7m y menor o igual a 10m      0,12 UR/día
- Eslora mayor a 10m y menor o igual a 20m     0,25 UR/día
- Eslora mayor a 20m                           0,50 UR/día
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
-  Suministro a locales               0,05 UR/día         0,03 UR/día

D) GUARDERIA
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Eslora menor o igual a 7m           0.42 UR/día        0,175 UR/día
- Eslora mayor a 7m                  0,525 UR/día
- Eslora mayor a 7m y menor
o igual a 10m                                            0,245 UR/día
- Eslora mayor a 10 m                                    0,315 UR/día
- Motos de agua, traillers,
anguilera                             0,28 UR/día        0,105 UR/día

E) SERVICIOS DE EXPLANADA
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Botada o Varada                        0,25 UR              0,10 UR
- Botada y Varada                        0,50 UR              0,20 UR
- Uso de Travelift          Todo el año
- Eslora menor o igual a 7m     3 UR
- Eslora mayor a 7m y menor
o igual a 10m                   5 UR
- Eslora mayor de 10 m y menor
o igual a 15m                   7 UR
- Eslora mayor de 15m           9 UR
- Uso de grúa
- Eslora menor o igual a 10m    1 UR
- Eslora mayor a 10m            2 UR

F) PREDIOS D.N.H
                                      Temp. Alta         Temp. Baja
- Arrendamiento y                   0.30 UR/m2/día     0.15 UR/m2/día (*)
 Venta de pasajes               

G) SERVICIOS VARIOS
- Duchas (unidad)                         0,06 UR
- Teléfono                            Antel + 25%

CATEGORIA 3
A) AMARRAS CARMELO - COLONIA
Para todo el año
- MUELLE                                      0,07 UR/m/día
- BOYAS (BORNEO)                             0,035 UR/m/día
A) AMARRAS DARSENA HIGUERITAS - LA PALOMA
Para todo el año
- MUELLE                                     0,042 UR/m/día
- BOYAS (BORNEO)                             0,021 UR/m/día (*)

B) ENERGIA ELECTRICA
                                             Para todo el año
- Velero eslora menor o igual a 10m             0,075 UR/día
- Velero eslora mayor a 10m y
menor o igual a 20m                              0,20 UR/día
- Velero eslora mayor a 20m                      0,30 UR/día
- Cruceros eslora menor o igual a 10m            0,20 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 10m y menor
o igual a 15m                                    0,30 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 15m y menor
o igual a 20m                                    0,35 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 20m                    0,45 UR/día
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Suministro a locales
(llave 20A)                           0,15 UR/día          0,10 UR/día
(llave 40A)                           0,30 UR/día          0,20 UR/día
- El usuario deberá proveer la llave limitadora a instalar

C) AGUA POTABLE
                                             Para todo el año
- Eslora menor o igual a 7m                     0,05 UR/día
- Eslora mayor a 7m y menor o igual a 10m       0,12 UR/día
- Eslora mayor a 10m y menor o igual a 20m      0,25 UR/día
- Eslora mayor a 20m                            0,50 UR/día
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Suministro a locales               0,05 UR/día          0,03 UR/día

D) PREDIOS D.N.H
                                              Todo el año    
- Arrendamiento y                             0.012 UR/m2/día  (*)
 Venta de pasajes                  

E) CAMPING
                                             Para todo el año
- Arrendamiento                             0,4 UR/día/parcela

F) SERVICIOS VARIOS
- Duchas (unidad)                                      0,06 UR
- Teléfono                                           Antel +25%

CATEGORIA 4
RIACHUELO
A) AMARRAS
                                             Para todo el año
BOYAS (BORNEO)                               0,0375 UR/m/día
B) ENERGIA ELECTRICA
                                             Para todo el año
- Velero eslora menor o igual a 10m            0,075 UR/día
- Velero eslora mayor a 10m y menor
o igual a  20m                                 0,20 UR/día
- Velero eslora mayor a 20m                    0,30 UR/día
- Cruceros eslora menor o igual a 10m          0,20 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 10m y menor
o igual a 15m                                  0,30 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 15 m y menor
o igual a 20m                                  0,35 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 20m                  0,45 UR/día
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Suministro a locales
(llave 20A)                           0,15 UR/día          0,10 UR/día
- Suministro a locales
(llave 40A)                           0,30 UR/día          0,20 UR/día
- El usuario deberá proveer la llave limitadora a instalar

C) AGUA POTABLE
                                             Para todo el año
- Eslora menor o igual a 7m                    0,05 UR/día
- Eslora mayor a 7m y menor o igual a 10m      0,12 UR/día
- Eslora mayor a 10m y menor o igual a 20m     0,25 UR/día
- Eslora mayor a 20m                           0,50 UR/día
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
Suministro a locales                 0,05 UR/día          0,03 UR/día

D) DEPOSITO D.N.H
                                             Para todo el año
- Motores y Gomones                            0,04 UR/m2/día
- La tarifa mínima = (1m2)

E) PREDIOS D.N.H
                                            Todo el año 
- Arrendamiento  y                          0.012 UR/m2/día  (*)
Venta de pasajes                 

- Uso de Cantera
(Para buceo deportivo) 0,20 UR/persona/día

F) SERVICIOS VARIOS
- Duchas (unidad)   0,06 UR
- Teléfono          Antel +25%
- Canchas Paleta                      Tem. Alta            Temp. Baja
                                         0,50 UR             0,20 UR
- Por uso diurno 20% descuento

CATEGORIA 5
PUERTO SAUCE Y OTROS
A) AMARRAS
                                             Para todo el año
- MUELLE                                       0,03 UR/m/día
- BOYAS (BORNEO)                               0,015 UR/m/día

B) ENERGIA ELECTRICA
                                             Para todo el año
- Velero eslora menor o igual a 10m            0,075 UR/día
- Velero eslora mayor a 10m y menor
o igual a 20m                                   0,20 UR/día
- Velero eslora mayor a 20m                     0,30 UR/día
- Cruceros  eslora menor
o igual a 10m                                   0,20 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 10m y menor
o igual a 15m                                   0,30 UR/día
- Crucero eslora mayor a 15 m y menor
o igual a 20m                                   0,35 UR/día
- Cruceros eslora mayor a 20m                   0,45 UR/día
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Suministro a locales
(llave 20A)                           0,15 UR/día          0,10 UR/día
- Suministro a locales
(llave 40A)                           0,30 UR/día          0,20 UR/día
- El usuario deberá proveer la llave limitadora a instalar

C) AGUA POTABLE
                                             Para todo el año
- Eslora menor o igual a 7m                     0,05 UR/día
- Eslora mayor a 7m y menor o igual a 10m       0,12 UR/día
- Eslora mayor a 10m y menor o igual a 20m      0,25 UR/día
- Eslora mayor a 20m                            0,50 UR/día
                                      Temp. Alta           Temp. Baja
- Suministro a locales               0,05 UR/día          0,03 UR/día

D) PREDIOS D.N.H
                                              Todo el año  
- Arrendamiento y                             0.012 UR/m2/día (*)  
Venta de pasajes                    

E) CAMPING
- Arrendamiento                 0,4 (UR/parcela/día)

F) SERVICIOS VARIOS
- Duchas (unidad)                       0,06 UR
- Teléfono                            Antel +25% (*)

(*)Notas:
Categoría 1º) y 2º) literal f) y categoría 3º), 4º) y 5º literales d), e) 
y d) redacción dada por: Decreto Nº 211/004 de 24/06/2004 artículo 1.
Categoría 2º) literal a) y Categoría 3º) literal a) redacción dada por: 
Decreto Nº 54/999 de 24/02/1999 artículo 1.
Ver vigencia: Decreto Nº 211/004 de 24/06/2004 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 104/998 de 22/04/1998 artículo 1.

SANGUINETTI - LUCIO CACERES - JUAN ALBERTO MOREIRA
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