CAPITULO IV
De la solicitud de autorización para funcionar y de reconocimiento de
nivel académico.
Artículo 16
(Solicitud de autorización para funcionar y de reconocimiento de nivel
académico: otros requisitos). La solicitud de autorización para funcionar
o de reconocimiento de nivel académico en su caso deberá acompañar, además
de la prevista en el artículo 12, la siguiente información:
a) Tareas de investigación programadas y plan de desarrollo en un
plazo de cinco años.
b) Tareas de extensión programadas y plan de desarrollo en un plazo de
cinco años.
c) Programa de publicaciones, si existiera.