CLASE TECNICO:
La remuneración del personal comprendido dentro de esta clase, se regulará
en función de la estructura aprobada por las resoluciones del Directorio
de fechas 15/1/92, 13/1/93, y 3/3/93, en concordancia con los criterios
emergentes del Convenio Salarial suscrito el 14 de marzo de 1991 y su
prórroga.